Ley Provincial de Mediación

Ley Provincial de Mediación

DESCRIPCIÓN

La Ley Provincial de Mediación Nº 6353 establece cinco modalidades que estructuran el sistema de resolución de conflictos en la provincia.

  1. Mediación Judicial Gestionada dentro del proceso judicial.
  2. Mediación Prejudicial Obligatoria Etapa previa obligatoria antes de litigar.
  3. Mediación Extrajudicial Voluntaria, fuera del ámbito judicial.
  4. Mediación Comunitaria Conflictos vecinales y comunitarios.
  5. Mediación Escolar Resolución de conflictos en el ámbito educativo.

 

El Ministerio de Gobierno, Justicia, DDHH y Trabajo de la Provincia de Jujuy es el organismo responsable de transformar el mandato legal de la Ley N°6353 en acciones concretas, medibles y territorialmente articuladaspara toda la provincia de Jujuy.

Progresividad: Implementación gradual, fortaleciendo primero la estructura extrajudicial, comunitaria y escolar.

Accesibilidad: Garantía de acceso para personas sin recursos y gratuidad en mediación comunitaria y escolar.

Monitoreo y Evaluación: Seguimiento permanente mediante indicadores de gestión, resultados e impacto.

Territorialidad: Cobertura en todo el territorio provincial, priorizando zonas con mayor demanda de resolución de conflictos.

Articulación Interinstitucional: Coordinación entre todos los actores del sistema de mediación y organismos vinculados.

Capacitación: Continua Formación permanente de mediadores y operadores del sistema.

Menú