Ley 6803 – Habilitación Profesional: Inscribite en el Registro Único de Guías de Turismo de Jujuy.
La Ley Provincial Nº 6308 y a través de su Decreto Reglamentario N° 7843-CyT, se establece la obligatoriedad de formar parte del Registro Único de Guías de Turismo para ejercer la actividad de manera legal y segura, ya sea de forma independiente (profesión liberal) o bajo relación de dependencia en toda la provincia de Jujuy.
Su objetivo es garantizar que quienes acompañan y orientan a los visitantes lo hagan con formación profesional, responsabilidad y respeto por el patrimonio cultural y natural de la provincia.
Estar formalmente registrado e ingresar al padrón oficial no solo es un requisito excluyente para que las agencias y operadores de viajes de la provincia puedan contratar tus servicios , sino que también te otorga el derecho de acceder de forma gratuita a los museos, exposiciones y establecimientos culturales dependientes del Estado Provincial con la sola presentación de tu credencial habilitante.
En este documento encontrarás:
• Registro Único de Guías: inscripción obligatoria para ejercer la actividad.
• Categorías de habilitación: Guía Provincial o Guía Regional (Quebrada, Puna, Valles, Yungas).
• Requisitos de inscripción: título habilitante, antecedentes, residencia, cursos y credencial oficial.
• Derechos y beneficios acceso gratuito a museos y espacios culturales provinciales.
• Obligaciones y limitaciones: conducta ética, seguridad de los turistas, conservación del patrimonio y prohibición de actividades lucrativas paralelas.
• Sanciones: apercibimientos, multas, suspensiones o inhabilitaciones en caso de incumplimiento.
• Cláusula transitoria: permite la incorporación de guías idóneos con experiencia comprobada, mediante evaluación teórico-práctica.
La normativa asegura que el turismo en Jujuy se desarrolle bajo estándares de calidad, seguridad y profesionalismo, fortaleciendo la confianza de los visitantes y el prestigio de la provincia como destino.
Te recomendamos leer y/o descargar la ley completa para conocer tus obligaciones y derechos.
También, podrás acceder directamente al Formulario Alojamiento – Requisitos y Solicitud de Inscripciónl y comenzar tu trámite en línea. De esta manera, podrás ejercer como Guía de Turismo en Jujuy con todas las garantías legales y beneficios que la normativa provincial otorga.
Requisitos
Presentar toda la documentación
Aprobación de una evaluación
• La misma será en base a manuales elaborados específicamente para tal fin. Dichos manuales se pueden descargar aqui: Descarga de Cartillas | Ministerio de Cultura y Turismo de Jujuy
Plazo máximo de presentación:
• 15 (quince) días antes del turno de la evaluación, sin excepción.
• 1° Turno de evaluación: 27, 28 y 29 de junio. Cierre de inscripciones: 9 de junio de 2023.
• 2° Turno de evaluación: 7, 8 y 9 de noviembre. Cierre de inscripciones: 20 de octubre de 2023.
Mas información:
• Decreto-Reglamentario
• Resolución 125
• MANUAL PARA GUÍAS DE TURISMO IDONEOS
• Manual-para-Guias-Idoneos_QUEBRADA_v5.pdf
• Manual-para-Guias-Idoneos_YUNGAS_v5.pdf
• Manual-para-Guias-Idoneos_PUNA_v5.pdf
• Manual-para-Guias-Idoneos_VALLES_v5.pdf
Documentación
• Declaración Jurada (Anexo III del Decreto Reglamentario 7843 CyT).
• Certificado de trabajo y/o Constancia expedida por Agencia de Viajes habilitada y en funcionamiento conforme Ley Nacional N°18.829 de Agencias de Viajes.
• Dos fotografías a color tamaño carnet.
• Planilla prontuarial.
• Certificado de residencia en la provincia de Jujuy.
• Fotocopia de DNI
